Circular No.:
013/2020
Fecha:
5 de Marzo de 2020
Asunto:
Requisitos para el alta con el Prevalidador SECOMEXT
ESTIMADOS USUARIOS DE ADUANET
Con la finalidad de brindarle un mejor servicio en el ADUANETM3 - PLUS en relación a la multiprevalidación, ADUANET pone a su disposición los requisitos para el alta con el prevalidador SECOMEXT.
El prevalidador SECOMEXT verifica que el pedimento cumpla con los criterios sintácticos, estructurales, catalógicos y normativos a través de las reglas de negocio implementadas por su equipo de expertos en la materia.
El realizar el proceso de alta evita que cuando exista alguna contingencia usted esté preparado para poder prevalidar dentro del ADUANETM3 de manera automática y transparente como lo viene haciendo con otros prevalidadores.
Requisitos:
1.
Llenar el formato de Solicitud de alta del Servicio que se anexa a la presente circular.
Es importante que indiquen en este documento a las personas que serán el punto de contacto sea vía telefónica o electrónica para recibir cualquier notificación de SECOMEXT de sus diferentes departamentos como lo son Normatividad, Sistemas, Facturación
2.
Imprimir el formato en hoja membretada de la agencia aduanal.
3.
Firmar en original el citado formato.
4.
El documento firmado en original debe ser enviado a la siguiente dirección:
Avenida Brasil número exterior 83, interiores "X", "X-1" y "X-2", Colonia Alamitos
de la Ciudad de Mexicali, Mexicali, Baja California, C.P. 21210.
5.
No obstante lo anterior a efecto de iniciar inmediatamente operaciones, el documento puede ser enviado en primer instancia al correo electrónico de:
lourdesrodriguez@secomext.com.mx
;
guadalupemeza@secomext.com.mx
;
dirección@secomext.com.mx
y
soporte@aduanet.net
6.
Enviar vía correo electrónico la siguiente documentación:
a)
Registro Local del Agente Aduanal de la aduana en la cual se requiere el servicio.
b)
Gafete del Agente Aduanal.
c)
Cédula de identificación fiscal del Agente Aduanal (RFC) y en su caso también el de la sociedad que se haya conformado en términos del artículo 163, fracc. II de la Ley Aduanera.
d)
Cédula de identificación fiscal de la sociedad que se haya conformado en términos del artículo 163, fracc. II de la Ley Aduanera.
e)
Constancia de dicha sociedad
, la cual deberá de contener nombre, denominación o razón social, RFC, datos del representante legal, etc
. Preferentemente Acta Constitutiva.
Lo anterior procede cuando se haya constituido una sociedad conforme al art. 163, fracc. II de la Ley Aduanera.
f)
Comprobante de domicilio del Agente Aduanal.
Documentos que acreditan el domicilio
, el original o copia de: recibo de pago de predial, luz, teléfono, agua, estado de cuenta de alguna institución del sistema financiero, constancia de radicación expedida por el Municipio correspondiente, siempre que tengan una antigüedad no mayor a tres meses, contrato de arrendamiento o subarrendamiento vigente con el último recibo de pago correspondiente al mes en que se haga el acreditamiento o al mes inmediato anterior, o el pago al IMSS de las cuotas obrero patronales causadas en el mes inmediato anterior.
g)
Comprobante de domicilio de la Sociedad.
Documentos que acreditan el domicilio
, el original o copia de: recibo de pago de predial, luz, teléfono, agua, estado de cuenta de alguna institución del sistema financiero, constancia de radicación expedida por el Municipio correspondiente, siempre que tengan una antigüedad no mayor a tres meses, contrato de arrendamiento o subarrendamiento vigente con el último recibo de pago correspondiente al mes en que se haga el acreditamiento o al mes inmediato anterior, o el pago al IMSS de las cuotas obrero patronales causadas en el mes inmediato anterior.
h)
Copia de la identificación oficial.
Identificaciones oficiales
, la Credencial para votar con fotografía, Cédula Profesional, Pasaporte, Forma Migratoria con fotografía, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Carta de Naturalización, Credencial de Inmigrado y Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad o Digital, siempre que se encuentren vigentes y no existan indicios de haber sido alteradas o falsificadas.
i)
CURP. En caso de ser persona física (Cuando no existe sociedad registrada).
Por otro lado Aduanet si así lo requiere puede hacer el reenvío de su documentación por usted. Le pedimos que nos informe a través del correo: soporte@aduanet.net en caso de solicitarlo.
Así mismo y por esta ocasión SECOMEXT nos autoriza que se
envíe por correo electrónico el formato de solicitud de servicios
que se anexa a la presente circular, con el compromiso de remitir todos los documentos para integrar el expediente del Agente Aduanal vía correo electrónico a más tardar a los 5 días hábiles de la solicitud del servicio. Y a más tardar se permitirá que se envíe la
solicitud en original
al domicilio de SECOMEXT a los 15 días hábiles posteriores a la solicitud de prevalidación.
Con esta nueva modalidad quedamos en espera de la presente información para poder brindarle la atención y el apoyo necesario para sus operaciones.
Sol_Servicio Pre_SECOMEXT_2020.docx
ATENTAMENTE
ADUANET S.A DE C.V